El límite de dinero en efectivo con el que puedes viajar si no quieres que te multen: esto advierte Hacienda

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A unos días de comenzar julio, nos adentramos en el periodo vacacional, una época donde los viajes al extranjero movilizan curiosamente a un grueso de la sociedad a hacer lo que más odia: llevar dinero efectivo encima. Acobardados por pagar unas comisiones bancarias de infarto o tener que arriesgarse a perderse en ciudad ajena buscando cajeros automáticos, cientos de turistas españoles optan por llevar un buen fajo de billetes en la maleta y solventar cualquier contratiempo.

¿El problema? Que viajar con más dinero efectivo del permitido es ilegal. Y por tanto puedes ser multado por ello.

¿Qué cantidad es la permitida? La Agencia Tributaria señala que se puede viajar con dinero en efectivo, pero si esa cantidad supera los 10.000 euros se debe notificar con una declaración previa. También sucede en España: si los viajes se producen dentro de nuestras fronteras el límite se sitúa en los 100.000 euros. No obstante, las autoridades también pueden actuar e intervenir importes inferiores a 10.000 euros cuando "existan indicios de una vinculación a actividades delictivas", recoge la institución en su web.

Lo establece el artículo 5 de la Ley 19/1993, que regula las medidas de prevención del blanqueo de capitales. Tal y como explica Hacienda, se trata de una medida para evitar el fraude fiscal y vigilar todas las operaciones de entrada y salida de dinero en el país.

¿De cuánto es la multa? Las personas que viajen con dinero en efectivo por encima de las cantidades mencionadas y no lo hayan declarado ante los Servicios de Aduanas o las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrán enfrentarse a multas que van desde los 600 euros hasta los 5.000 euros (o el 50% del valor del dinero que se intentaba transportar). Además, las autoridades tienen el poder de intervenir la totalidad de ese efectivo, dejando al usuario sólo con el mínimo necesario para la supervivencia.

¿Qué hacer en estos casos? Para no correr el riesgo, los ciudadanos deben declarar y legalizar estos movimientos. ¿Cómo? A través de un formulario S-1 en el que hay que cumplimentar los datos personales de la persona que lleva el dinero y los del propietario de ese dinero, además de dar información sobre la procedencia del mismo: de dónde sale y a dónde va. También se debe rellenar un formulario online que se presentará en la aduana o en la autoridad competente a la entrada y salida de cada país.

También afecta a los pagos. No sólo se trata de transportar dinero, también de usarlo. El Gobierno sacó adelante en 2021 la ley de lucha contra el fraude. Y una de sus medidas principales fue la reducción de los pagos en efectivo en operaciones en las que estuviesen implicados profesionales. Tal y como se recoge en el artículo 18 de la ley, se redujo de 2.500 a 1.000 euros el límite de pago en efectivo para las operaciones en que alguna de las partes que intervengan lo haga "en calidad de empresario o profesional". En el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España, esa limitación es de 10.000 euros.

Y hay que aclarar que ese límite no se aplica a los pagos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos autorizados para el cambio de divisas.

Mecanismo contra el blanqueo. Incumplir estos límites también supone "una infracción administrativa grave" que conlleva sanciones. Concretamente, el artículo 7 de la Ley 7/2012, establece que la base de la sanción "será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior" y que "la sanción será del 25% de esa cantidad pagada", lo que equivale a entre 250 y 2.500 euros de multa.

Tal y como argumenta el Gobierno, el uso de efectivo para transacciones tan grandes "es un mecanismo de sobra conocido para el blanqueo de capitales y para evitar la correcta tributación de las rentas obtenidas en la imposición directa y del IVA devengado en la indirecta".

Imagen: Pexels

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