Es posible que te amputen una pierna y que te la olvides en el hospital. Y también que te multen con 500 euros

Es posible que te amputen una pierna y que te la olvides en el hospital. Y también que te multen con 500 euros
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Sin perder la solemnidad, los Boletines Oficiales aparecen de cuando en cuando con disposiciones curiosas. La última ha corrido a cargo del Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) que hace unas semanas emitió un requerimiento para que una persona anónima pasara a recoger su pierna amputada del hospital de Irún. La noticia ha corrido como la pólvora y nos hace plantearnos una duda importante: ¿Qué pasa con los restos que dejamos tras de nosotros cuando salimos del hospital?

Una reclamación por Boletín Oficial. Según se extrae del requerimiento, un paciente del Hospital Comarcal del Bidasoa sufrió la amputación quirúrgica de su pierna. Tras ello abandonó el hospital, tras lo cual ignoró el primer requerimiento para encargarse de la gestión del miembro extraído.

Conforme a las leyes que regulan los procedimientos administrativos, desde la Organización Sanitaria Integrada que gestiona el hospital se realizó el curioso llamamiento a través del BOPV, el cual también estipulaba un plazo límite para la recogida y gestión. Una situación digna de un relato de Franz Kafka.

La sanidad mortuoria. La situación ha sorprendido a más de uno y es que pocas veces nos planteamos qué ocurre con los retos que dejamos atrás cuando pasamos por quirófano. Quizá porque asumamos que la probabilidad de que nos pase es pequeña y que ya nos enteraremos si es que pasa, o quizá bajo la asunción de que serán otros los que se encarguen de esta gestión, al fin y al cabo esto es lo que ocurre en muchas ocasiones, como las muestras de sangre que enviamos a un laboratorio para su análisis por ejemplo.

Pero no todos los restos que vamos dejando tras intervenciones médicas son iguales, y los protocolos para su tratamiento son complejos y dependen de su naturaleza. Algunos de estos restos recaen bajo la categoría de lo que se denomina sanidad mortuoria. Pese a su nombre, ésta no solo se aplica a los restos de personas ya fallecidas sino también a restos procedentes de amputaciones como en este caso.

En España, salvo excepciones, son las Comunidades Autónomas quienes se encargan de regular y gestionar la sanidad mortuoria, aunque existe una Guía de Consenso sobre Sanidad Mortuoria creada por el Consejo Interterritorial de sanidad. Éste señala que el “destino final de todo cadáver, resto humano, resto cadavérico o resto óseo será el enterramiento o la cremación en lugar autorizado”.

Destino: el cementerio. En muchos aspectos los restos que recaen en esta categoría se tratan como los de un cadáver. Y como tal es una funeraria quien se encarga de gestionar el proceso. Las personas que sufren amputaciones deben acordar esta gestión con la funeraria que elijan, que será a su vez quien se encargue de la recogida, traslado e incineración o inhumación de los restos.

La ley vasca exige desde 2004 que los nuevos cementerios cuenten con lugares específicos destinados a la inhumación de estos restos y las cenizas de sus cremaciones.

Multas más asequibles que los costes de incineración. El problema es que esta gestión puede salir cara. Más cara incluso que ignorarla. Según explicaban desde las funerarias locales a la cadena SER las leyes acarrean sanciones para los casos de incumplimiento de las normas sanitarias, pero éstas pueden ser considerablemente inferiores al coste que implica contratar a una funeraria para encargarse de la gestión. A razón de tres veces más, y es que mientras que las multas oscilan los 500 euros, el traslado del miembro amputado puede alcanzar los 1.500 euros.

¿Qué es la policía sanitaria mortuoria? Hay un concepto curioso que se aplica en este ámbito, y es el de la policía sanitaria mortuoria. No, no es la policía que acude a poner la susodicha multa. Se trata del grupo de funcionarios a cargo de estos aspectos sanitarios.

Se define según el Decreto (de ámbito nacional) que la regula, su actividad abarca “toda clase de prácticas sanitarias en relación con los cadáveres y restos cadavéricos, y las condiciones técnico-sanitarias de los féretros, vehículos y empresas funerarias y de los cementerios y demás lugares de enterramiento”.

Evitar riesgos. El motivo de una regulación tan estricta tiene que ver con el tratamiento general de los residuos sanitarios. Muchos de ellos pueden ser considerados contaminantes, peligrosos para el medio ambiente o la salud pública.

La categoría de residuos sanitarios abarca un amplio abanico de residuos, desde papel de oficina hasta residuos radioactivos. Se clasifican para su tratamiento en función de su riesgo para la salud o el medioambiente.

Algo semejante se hace en el ámbito de la sanidad mortuoria. A los restos de amputaciones se les aplica en ocasiones la misma clasificación que a los cadáveres, se clasifican en tres grupos: El primero, cuando conforman un “riesgo sanitario tanto de tipo profesional para el personal funerario como para el conjunto de la población”; el segundo grupo incluye restos con presencia de isótopos radioactivos; y el tercero a restos no peligrosos.

Circunstancias desconocidas. Lo cierto es que no conocemos las vicisitudes del caso de Irún, si es un caso de olvido o despiste o quizá una decisión racional para ahorrar costes. Cada persona que pasa por el hospital cuenta con una historia detrás. Resulta imposible establecer protocolos que tengan en cuenta cada caso, equilibrar las vicisitudes de cada paciente con mecanicismos diseñados para salvar vidas. Quizá nunca sepamos a quién pertenecía esa pierna pero a lo mejor la historia nos sirve para ser algo más conscientes de las partes de nosotros que vamos dejando atrás.

Imagen | National Cancer Institute

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