La Seguridad Social cambia sus notificaciones: dejará de enviarlas por carta para ciertos trámites

  • A partir de septiembre, la Seguridad Social avisará por SMS o correo electrónico a las personas que estén de bajas.

  • Estos son los cambios en las notificaciones electrónicas de la Segurida Social.

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Yúbal Fernández

Editor - Xataka Basics
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Yúbal Fernández

Editor - Xataka Basics

La Seguridad Social cambia su normativa de comunicaciones, y a partir de septiembre dejará de enviar notificaciones por carta postal a ciertos grupos de trabajadores. Así lo indica la Orden ISM/541/2026 publicada en el BOE, que modifica su normativa base de 2020 sobre comunicaciones electrónicas. Esto no quiere decir que los grupos de trabajadores afectados vayan a dejar de recibir notificaciones oficiales de la Seguridad Social. Simplemente pasarán a recibirlas de forma telemática.

Afecta a quienes solicitan o cobran una baja. La nueva orden de la Seguridad Social amplía el listado de personas físicas obligadas a recibir las comunicaciones por vía electrónica. En este caso, los colectivos que se suman a la lista son los solicitantes o perceptores de una prestación por incapacidad temporal. Las bajas médicas de toda la vida. También se suman quienes tienen procedimientos de incapacidad permanente o de lesiones permanentes no incapacitantes. Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el cambio se debe a que son personas dentro del mundo laboral, donde ya está generalizado el uso de dispositivos electrónicos.

Excepciones en las que se seguirán usando métodos no electrónicos. Puedes recibir la notificación en mano si vas de forma espontánea a una oficina de asistencia o a un Centro de Atención de Información y solicitar expresamente que si quieres una notificación en mano en este momento. 

También hay otros casos donde puedes recibirlas en papel, como si es necesario que un empleado de la administración te entregue el documento directamente para asegurar una mayor eficacia, si el trámite requiere tanta inmediatez que resulta incompatible con esperar a que abras una notificación electrónica, o cuando la entidad gestora no tiene tus datos de contacto para enviarte el aviso.

Otros colectivos que ya estaban en la lista. Estos colectivos se unen a la lista de los otros que ya estaban obligados a recibir las notificaciones de forma telemática desde 2020. Estos son las personas que reciben prestaciones por nacimiento y cuidado de menores, personas en riesgo durante el embarazo, y quienes tienen riesgo durante la lactancia natural. 

Las notificaciones llegan por la SEDESS. Los colectivos incluidos en esta lista recibirán sus notificaciones mediante la Sede Electrónica de la Seguridad Social, o desde la aplicación de Mi Carpeta Ciudadana. Para acceder a estas notificaciones con estos dos métodos necesitarás identificarte con tu certificado digital, Cl@ve o DNIe.

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