Hay ciertas comentarios en internet que no pueden quedar impunes. El ciberacoso es una práctica bastante extendida, pero afortunadamente hay mecanismos para perseguirlo y pararle los pies rápidamente. Cuando quien escribe ese mensaje de acoso es un adulto, el caso es bastante directo. Pero, ¿qué ocurre cuando el que envía mensajes así sobre un/una menor también es menor de edad?
Sanción de hasta 10.000 euros, abonada por los padres. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es la encargada de monitorizar las denuncias que se realizan sobre determinados comentarios en internet. Fue en 2022 cuando se aplicó por primera vez en España una multa administrativa a un padre por los mensajes que había enviado su hijo.
"Fue a un joven de 16 años que extorsionaba a una chica de 13 años que le envió en un principio contenido íntimo voluntariamente, pero luego el infractor le amenazó y obligó a mandarle más bajo la amenaza de que las publicaría", explica a 20Minutos Mar España, directora de la AEPD. Por aquel caso fue multado con 5.000 euros, aunque las multas por estos casos pueden alcanzar hasta los 10.000 euros.
Multa administrativa, además del posible delito. La Agencia dispone de un Canal Prioritario para Contenidos Sensibles. Se trata de un canal en el que el último año han intervenido medio centenar de veces y por el que se pueden denunciar situaciones donde se han difundido imágenes íntimas sin consentimiento.
Este canal sirve para abrir una denuncia administrativa ante la AEPD, que tiene potestad para imponer multas. Si el caso es grave, como el ocurrido recientemente en Almendralejo, adicionalmente está la vía judicial. En ese caso el Código Penal contempla multas de cárcel de hasta dos años para delitos como el "uso indebido" de los datos personales que inflinja a otro un trato degradante. Si bien el hecho de que sean menores de 16 años los que supuestamente han realizado este delito podría rebajar las penas.
La AEPD trabaja junto a Google y Meta. "En el 90% de los casos lo conseguimos en menos de 24 horas", asegura Mar España en relación a la eliminación de mensajes sensibles en redes sociales. La AEPD colabora con estas empresas tecnológicas y tiene vía de comunicación directa para que si se recibe una denuncia, avisar a la empresa y buscar la retirada inmediata del mensaje.
Los padres tienen responsabilidad subsidiaria. El Código Civil recoge este concepto en su artículo 61: "Cuando el responsable de los hechos cometidos sea un menor de dieciocho años, responderán solidariamente con él de los daños y perjuicios causados sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden. Cuando éstos no hubieren favorecido la conducta del menor con dolo o negligencia grave, su responsabilidad podrá ser moderada por el Juez según los casos".
Esto abre la puerta a multar a los padres del infractor que envía o graba algo sin consentimiento, pero también a los padres de los menores que ayudan a difundir esos mensajes delictivos.
"Es lo mismo que cuando les dejamos un coche. Les damos pautas (no bebas, ten cuidado que puedes matar a alguien), pues cuando damos un móvil a nuestros hijos hay que decirles que hay consecuencias", exponen desde la AEPD.
Imagen | Priscilla Du Preez
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