Qué transferencias de dinero te obliga a declarar Hacienda

Qué transferencias de dinero te obliga a declarar Hacienda
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Vamos a explicarte qué transferencias de dinero tienes que declarar a Hacienda, así como esos límites a partir de los cuáles tu banco va a informar a la Agencia Tributaria de la operación que has hecho. Se trata de unos límites que han sido establecidos por la ley, en un intento para intentar prevenir y luchar el fraude y el blanqueo de dinero.

Vamos a empezar el artículo diciéndote cuáles son los límites a partir de los cuáles tu banco va a informar de esta transacción, y luego te diremos qué puede llegar a pasar después de que se informe. Y luego, pasaremos a explicarte los límites a partir de los cuales tú eres quien tiene que declarar el dinero.

Límites para que tus bancos informen de la transacción

España tiene una Ley 7/2012 con la que se intenta prevenir y luchar contra el fraude. Esta ley, tiene establecidos una serie de límites en las operaciones bancarias. Estos límites no quiere decir que no puedas hacer operaciones más allá de ellos, pero cuando se superan se deben notificar las transacciones para evitar delitos de blanqueo de capitales.

Estos son los límites a partir de los cuáles se notifican las transacciones:

  • Operaciones bancarias, como transferencias, que superen los 10.000 €.
  • Transacciones en las que se intercambien billetes de 500 €. Da igual de cuánto sean, si hay billetes de 500 deben notificarse.
  • Pagos y cobros que se realicen en metálico que sean de más de 3.000 €
  • Los préstamos y créditos que sean de más de 6.000 €.

Aquí debes saber que no necesitarás iniciar ningún trámite administrativo si superas estos límites, ni tampoco te van a multar por hacerlo o van a pensar que estás defraudando a Hacienda. Simplemente, tu banco informará a la Agencia Tributaria cuando realices estas operaciones, porque la ley le obliga a ello.

Qué pasa si superas estos límites

Como te hemos dicho, superar estos límites no quiere decir que te vayas a meter en problemas, que te vayan a multar o que tengas que iniciar un trámite para declarar tú mismo ese dinero. Simplemente, el banco informará a la Agencia Tributaria sobre esta operación, sobre todo cuando tienen que ver con gestiones que has hecho a través del banco.

Aquí, lo único que puede pasar es que quizá la Agencia Tributaria te envíe un requerimiento para justificar de dónde viene el dinero, sobre todo en los casos de los ingresos en efectivo o las transferencias que puedas haber recibido desde el extranjero. Además de esto, también es posible que la información se comparta con las agencias tributarias de otros países, ya que dentro de la Unión Europea hay algunos que tienen acuerdos de colaboración con España para luchar contra el fraude.

Cuándo tienes que declarar tú la operación

Es verdad que la ley obliga a los bancos a que informen a Hacienda de cuando superas los límites anteriores, y esto es algo que ellos hacen de forma diferente. Pero hay otros límites diferentes para que tú tengas que declarar las operaciones, y son límites bastante elevados. Estos son los límites a partir de los cuáles tú tienes que declarar los movimientos.

  • Cuando envías o recibes de fuera de España un pago de 10.000 euros o más, o el equivalente en la moneda extranjera en el que lo recibas.
  • Cuando sales o entras del país con 10.000 euros o más, o el equivalente en la moneda extranjera en el que lo recibas.
  • Los movimientos bancarios dentro de España con valor de 100.000 euros o más, o el equivalente en moneda extranjera.
  • Los movimientos de medios de pago en metálico con valor de 100.000 euros o más, o el equivalente en moneda extranjera.

Si superas estos límites, tú estarás obligado a presentar una declaración a Hacienda del Modelo S1 de la Agencia Tributaria. En esta declaración gratuita, tendrás que dar los datos del portador, del propietario y del destinatario del dinero, así como el importe exacto, la naturaleza de la transacción, su procedencia, el itinerario del dinero, su uso previo o el modo de transporte del medio de pago.

Esta declaración tendrás que hacerla antes de efectuar el movimiento de dinero. Esto quiere decir, por ejemplo, que si entras o sales de España con dinero en metálico de más de 10.000 euros de valor, entonces tienes que haber pedido este documento y haberlo rellenado.

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