Cómo saber si tengo multas de la DGT pendientes de pagar

  • La DGT ofrece diferentes vías para estar al tanto de las multas impuestas: vía web, app o tablones edictales

  • Una multa no pagada es motivo para que la institución pertinente embargue nuestras cuentas

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Como conductores, uno de los aspectos que más nos suelen preocupar son las multas de tráfico. Por la forma de actuar la DGT, que tiene disponibles radares fijos, pero también móviles y helicópteros, es posible que lleguemos a dudar de si nos han puesto una multa en la carretera.

También es posible que tengamos alguna duda si, por ejemplo, no hemos actualizado un cambio de domicilio o la transferencia de un vehículo todavía no se ha completado. Por diversas razones, hay motivos por los que se puede hacer necesario estar al tanto de comprobar esto mismo.

Cómo comprobar si tenemos multas de la DGT por pagar

Cuando la DGT (u otros organismos o instituciones) nos imponen una multa y no la pagamos, se abre una vía ejecutiva que elevará el coste de la multa en un 5%. En ese caso, se hará llegar una notificación con un plazo para hacer el pago correspondiente.

En el caso de que, de nuevo, nos saltemos este procedimiento, será la Agencia Estatal de la Administración Tributaria la que se hará cargo del pago de la multa, la cual se cobrará con un recargo del 20%. Después de los avisos pertinentes, se puede embargar las cuentas bancarias para garantizar que la sanción se cobrará.

Por ello, es importante estar al tanto de si hemos recibido algún tipo de sanción en forma de multa de la DGT. Para salir de dudas, hay varias vías.

Correo ordinario

Para notificar una sanción, lo primero que hará la DGT es tratar de ponerse en contacto con el implicado mediante un correo certificado. Este llegará a la dirección que la DGT tenga registrada en su base de datos, por lo que es importante mantener ésta actualizada.

Tablón edictal

Si la DGT, mediante correo certificado, no consigue ponerse en contacto con el infractor, lo siguiente que hará será publicar la sanción en el Tablón Edictal de Sanciones (TESTRA/TEU) y, de manera simultánea, en el Tablón Edictal Único del BOE.

Para comprobar si existe una multa a nuestro nombre en el Tablón Edictal de Sanciones debemos acceder a la sede electrónica, para lo que no es necesario certificado digital ni DNI electrónico. Allí se dispone de un buscador que permite hacer la consulta introduciendo tu DNI, NIE, CIF o matrícula.

El trámite es completamente gratuito.

Dirección Electrónica Vial

Como alternativa al correo ordinario, la DGT cuenta con la Dirección Electrónica Vial. Este sistema da permiso a la DGT para que nos notifique vía correo electrónico o SMS las posibles sanciones que nos pueda haber impuesto el organismo.

Hay que tener claro que, una vez se activa este procedimiento, cuyo proceso te explicamos en este artículo, todas las notificaciones de la DGT nos llegarán exclusivamente por este medio, por lo que no recibiremos noticias del organismo por correo ordinario en ningún caso.

Además, hay que tener en cuenta que la Dirección Electrónica Vial es el único medio de comunicación que la DGT tiene con las personas jurídicas (sociedad o entidad pública o privada con determinados derechos y obligaciones) desde 2022.

miDGT

A las anteriores vías de comunicación hay que sumar la aplicación miDGT, que el organismo tiene activa desde 2020. En este caso, el procedimiento es muy sencillo:

  • En la página principal, presiona sobre las tres rayas de la esquina superior izquierda.
  • En el desplegable aparecerá un botón llamado "multas".
  • Pinchamos en "multas" y nos aparecerán las sanciones impuestas y no pagadas y, en una segunda página, aquellas que ya han sido cubiertas.

Hay que tener en cuenta que para las sanciones de los radares fijos o en aquellas infracciones en las que no se ha podido localizar al conductor, la DGT notificará la multa al propietario del vehículo. Esto quiere decir que, de utilizar este método, no encontraremos la sanción si no somos los propietarios del automóvil aunque fuéramos nosotros los conductores en el momento de la infracción.

Imagen | DGT

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