Si quieres viajar por Europa con tu mascota ahora habrá algo más importante que la maleta o los billetes: su pasaporte

La normativa comunitario incluye novedades con la vista puesta en abril de este año

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Carlos Prego

Editor - Magnet
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Carlos Prego

Editor - Magnet

Si te das una vuelta por un parque o plaza de cualquier ciudad española es probable que te des cuenta de un detalle curioso: es más fácil encontrarse con gente paseando perros que con padres con niños. Lógico. El número de mascotas supera con creces al de bebés. Ocurre en España y en otros muchas naciones. Con ese telón de fondo, Bruselas ha decidido reforzar las normas que deben cumplir los animales de compañía que quieran cruzar fronteras comunitarias.

Y eso supone novedades a partir de abril.

¿Qué ha pasado? Que Bruselas ha actualizado las normas que deben cumplir las mascotas (perros, gatos, hurones y aves de compañía) que quieran entrar en territorio europeo desde otros países o cruzar fronteras, pasando de una nación a otra del club comunitario. El objetivo: armonizar las reglas de la UE. 

No se trata de un empeño burocrático, sino de reforzar leyes que intentan evitar la propagación de enfermedades. Tampoco es nada nuevo. Los últimos cambios se apoyan en las normas que Bruselas ha ido aprobando en la última década.

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¿Por qué es noticia? Si tienes mascota es probable que en los últimos días te hayas encontrado con noticias que hablan de "cambios de reglas" o una alteración de las normas. La realidad es más compleja y menos radical. Para comprenderla hay que remontarse al menos a junio de 2013, cuando se aprobó el Reglamento (UE) 576/2013 del Parlamento Europeo sobre desplazamientos de mascotas. Esa norma sustituía otra anterior de 2003 y es básicamente la que ha estado rigiendo en los últimos años los movimientos de animales de compañía en la UE .

La realidad es que la de 2013 no ha sido la última ley aprobada por Bruselas sobre el tema. De hecho años después el reglamento quedó derogado por una norma posterior, más centrada en la "sanidad animal" y que (en aras de facilitar su aplicación en los diferentes países) incluyó un período de transición. 

Ahí está la clave de que el tema sea ahora noticia. Ese plazo de adaptación finalizará en menos de un mes: el 22 de abril, como se encargó de recordar la propia Comisión Europea (CE) a comienzos de este año, cuando publicó el reglamento que regirá a partir de ahora los movimientos de animales de compañía que se hagan por cualquier motivo que no sea comercial.

¿Y qué dice el reglamento? El documento abarca 35 páginas en las que la Comisión detalla el marco normativo y los precedentes legislativos, además de describir los diferentes escenarios en los que un perro, gato, hurón o ave puede viajar por la UE. Por ejemplo, los detalles de la 'foto' quizás varíen en función de si hablamos de mascotas de "terceros países", ajenos a la Unión, animales que simplemente están de paso por la UE (camino a su destino final) u otros que se mueven entre naciones del club comunitario. También influye su edad.

De entrada el reglamento deja claro que no supone un punto y aparte, ni rompe con el marco anterior. Al contrario. Sus pautas "reproducen en gran medida las normas actualmente establecidas en la UE". El objetivo no es tanto cambiar por completo el marco como, aclaran los legisladores de la Comisión, "actualizar" el reglamento "teniendo en cuenta la experiencia adquirida" con los años. 

Una de sus mayores novedades de hecho se centra en el 'pasaporte europeo de mascotas', un documento que no es ni mucho menos nuevo y con el que los españoles que tienen perros y gatos llevan ya tiempo familiarizados.

¿Qué es lo más importante? El nuevo reglamento, publicado por la CE en enero, recalca sobre todo tres requisitos que deben cumplir las mascotas (perros, gatos y hurones de compañía) que quieran desplazarse entre estados miembros. Todo esto, recordemos, siempre que los viajes se hagan sin fines comerciales. La primera obligación de la CE es que el animal debe ser identificable de forma individual, algo que se garantiza básicamente a través de un chip. El segundo, que tiene que estar al día con sus vacunas, en concreto con la de la rabia.

El reglamento es muy claro al respecto: el animal debe "haber recibido una primovacunación completa contra la rabia al menos 21 días antes de la fecha del desplazamiento o haber sido revacunados, de conformidad con los requisitos de validez establecidos". Si hablamos además de un perro que se desplazará a una zona de la UE libre de Echinococcus multilocularis (una especie de tenia que puede infestar a humanos) antes debe someterse a un tratamiento especial. 

Eso sí, para garantizar que está 'limpio' el animal debe haber pasado por ese procedimiento entre 120 y 24 horas antes de llegar a su país de destino.

¿Hay más requisitos? Sí. Si el animal de compañía es un cachorro de menos de 12 semanas y aún no tiene la vacuna contra la rabia, la foto cambia. Su dueño tendrá que presentar una declaración firmada en el que asegure que la mascota no ha estado en contacto con otros animales sospechosos de estar infestados. 

Sin embargo el principal requisito que recoge el reglamento comunitario tiene que ver con el 'equipaje' que debe llevar consigo al animal. Igual que nosotros siempre viajamos con documentación, nuestro compañero peludo también deberá ir con "un documento identificativo en forma de pasaporte".

¿Cómo es ese documento? "Dicho pasaporte deberá cumplir las siguientes condiciones: estar firmado por el propietario del animal de compañía y haber sido debidamente cumplimentado y expedido en el Estado miembro en el que reside habitualmente el propietario del animal de compañía", aclara el reglamento europeo. Es decir, el pasaporte es una obligación.

Esa es la principal exigencia recogida por la norma, junto a la que aclara que el animal debe estar vacunado contra la rabia y haberse sometido, si es necesario, a una desparasitación interna en los últimos cinco días. Todo lo anterior se traduce en algo muy simple: cuando viajes con tu mascota ya no llegará con que reserves billetes y hoteles. También tendrás que encargarte de las gestiones del animal.

¿Es un cambio tan grande? Sí. Y no. Es importante en la medida en que actualiza la normativa comunitaria y aclara ciertas obligaciones que deben cumplir las personas que quieran cruzar fronteras con sus mascotas. 

La realidad sin embargo es que no incluye ningún elemento nuevo que vaya a sorprender a los dueños de animales de compañía. El pasaporte europeo no es ninguna novedad. Ni en España ni en otros países vecinos. Francia por ejemplo aclara también a cualquiera persona que quiera cruzar su frontera con animales que el documento europeo es obligatorio y que cualquier can (además de gatos o hurones de compañía) debe estar registrado como establece la ley.

Imágenes | Eminent Luggage (Unsplash) y Comisión Europea

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