A nueve días de la Navidad, muchos aún no saben qué regalar a sus parientes cercanos y amigos. Esta época se ha convertido en un quebradero de cabeza para aquellos que directamente se les da mal acertar con un regalo que guste y que triunfe. Por eso, como no todo el mundo está dispuesto a rebanarse los sesos por encontrar algo original, muchos optan por dar dinero, las famosas estrenas. Como la pólvora ha prendido el rumor en redes durante estos días de que estos aguinaldos, o los esperados sobres de la abuela rellenos de billetes, tienen que ser declarados ante Hacienda.
Contenido que se ha viralizado en redes como Twitter, Instagram o TikTok. Pero lo cierto es que aunque la Agencia Tributaria estipula que es necesario declarar cualquier entrega de dinero, no hay motivos de preocupación. Y te contamos por qué.
A ojos de Hacienda. Para entender todo este ruido, debemos saber que, según el organismo, no se establece una cantidad mínima a partir de la que una donación debe ser declarada, por lo que se entiende que cualquier cuantía debe pasar por los brazos de la Agencia Tributaria. Eso es, si lo tomamos al pie de la letra, desde la propina de la abuela hasta los 50 euros que te caen por parte de tu tío segundo. Ya que, a ojos legales, es un traspaso de dinero y pasa por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Por lo que en principio convendría presentar la liquidación del impuesto a Hacienda en un periodo de 30 días hábiles. De no hacerlo, la Agencia Tributaria podría imponer algún tipo de sanción económica. Pero ojo. La realidad es muy distinta. Y es que, al ser una práctica tradicional y la cuantía de esos regalos suele ser mínima, Hacienda no recurre ante ello.
Qué dice la ley. El Código Civil establece en su artículo 618 que una donación “es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta”. El organismo no fija una cantidad mínima a partir de la cual es necesario declarar el dinero regalado. No obstante, el portal online Reclamador.es explica en referencia a los regalos de boda —y también aplicable a los regalos de Navidad— que la Agencia Tributaria no suele perseguir esos movimientos de dinero porque su cuantía es muy baja.
Sin embargo, ante ingresos en metálico superiores a 3.000 euros o el ingreso de billetes de 500 euros, las entidades bancarias están obligadas a comunicar a Hacienda quiénes son los titulares de la cuenta que recibe el ingreso, así como las personas que lo hacen y la cuantía del movimiento. Un reclamo en el que la cuantía depende de cada comunidad autónoma y en la que el fisco tiene hasta cuatro años para reclamar su pago.
En la práctica. Vamos a ver. ¿Quiere decir esto que de esos 20 euros que me pasa mi abuelo por debajo de la mesa, Hacienda va a quedarse con parte? No. Según expertos en derecho tributario y el propio sindicato de trabajadores y técnicos de Hacienda, en la práctica, estas cantidades no se declaran ni se reclaman por parte de las administraciones. Además, el Ministerio de Hacienda niega que haya realizado nunca ningún aviso o indicación sobre la tributación de este impuesto.
En este artículo de Maldito Bulo, el presidente de Gestha, Carlos Cruzado, y Rafael Sanz, profesor de Derecho Financiero y Tributario en la UNED, afirman que tanto las normas civiles como las tributarias están pensadas, en términos de donaciones, para cantidades de determinada relevancia. Estas donaciones ni se declaran, ni la administraciones de las comunidades autónomas las persiguen salvo que sean de cuantías importantes o regalos de valor considerable como un inmueble, una vivienda o un vehículo. Desde luego esos 20, 50 o 100 euros que nos regale un familiar ni se está persiguiendo, ni se va a hacer.
¿Por qué? Por el simple hecho de que la administración central no tiene la capacidad para detectar todos estos pequeños regalos ya que no le llega la información. Aunque existen casos (banco mediante) de grandes cantidades donde sí es posible que se inicie un procedimiento y se pida que se justifique el origen del dinero. Y todo esto ocurre aunque teóricamente sea correcta la afirmación de que cualquier cantidad regalada constituye una donación y está sujeta a tributación.
Así que, ya sabes, lo único que debes hacer al recibir las estrenas es agradecérselo a quien te las de, guardarlas bien, y poner una buena sonrisa. Porque se lo merecen y es Navidad.