Vamos a explicarte qué es el permiso laboral de formación, un permiso retribuido que desde hace pocos años viene recogido en el Estatuto de los Trabajadores. Con él, los empleados disponen de cierta cantidad de horas anuales para realizar actividades de formación.
Este es un derecho que tienen todos los trabajadores, y que está contemplado en el artículo 23.3 del Estatuto de los Trabajadores. Vamos a pasar a explicártelo bien para que puedas entender de lo que trata.
Qué es el nuevo permiso de formación
El permiso retribuido para la formación está regulado en el Estatuto de los trabajadores, que es lo que dicta los derechos y obligaciones de los trabajadores en España. Según su artículo 23.3, los trabajadores tienen derechos a un permiso de 20 horas anuales para realizar cursos formación.
Este permiso es acumulable durante un periodo de hasta 5 años, con un máximo de 100 horas de las que podrás disfrutar para tu formación. Esto quiere decir que si un año no realizas tus 20 horas, no las vas a perder, podrás acumularlas y realizarlas al año siguiente sumándolas a las horas de ese año.
La formación debe estar vinculada a la actividad de la empresa en la que trabaja quien la quiere realizar. Eso sí, no es obligatorio a que el permiso esté relacionado solo con tu puesto de trabajo o tu grupo profesional dentro de la empresa, sino que puede ser con cualquier otra actividad vinculada a la empresa aunque no te dediques a ella.
Para tener derecho a este permiso, el trabajador o la trabajadora deben tener al menos un año de antigüedad en la empresa. Otra cosa a tener en cuenta es que el derecho a este permiso no se ejerce cuando realizas una formación que tu empresa está obligada a proporcionarte por ley, en esos casos estas formaciones no entran dentro de las 20 horas de permiso.
Este permiso es retribuido, lo que quiere decir que la empresa debe pagarte estas 20 horas anuales que estés usando para formarte, y no te las podrá deducir de ninguna manera.
Eso sí, la fórmula con la que el trabajador va a poder disponer de estas horas que tiene por derecho deben ser acordadas entre trabajador y empresa. El curso no tiene por qué ser impartido por la empresa, pero no puedes coger un día y decir que te vas a esta formación, tienes que acordarlo todo de antemano con tu empresa.
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