Si ya tenías las vacaciones reservadas, te puedes librar de la mesa electoral: estos son los requisitos

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Un día le bastó al Gobierno tras el revés sufrido por el conjunto de la izquierda en las pasadas elecciones municipales y autonómicas para anunciar que los comicios generales se celebrarían con antelación el 23 de julio. Un adelanto que no sólo pilló de sorpresa a los partidos, dejándoles muy poca maniobra para llevar a cabo pactos, sino a los propios ciudadanos, que ya tenían un pie puesto en la playa: un 40% de los españoles tiene planeadas ya las vacaciones de verano, según Jetcost.

Aunque muchos se librarán del imprevisto votando por correo (se está viendo una participación récord), la obligación de formar parte de las mesas electorales sigue siendo un obstáculo (evitable). Te lo explicamos.

¿Cuándo sabré si me ha tocado? Las personas que tendrán que integrar la mesa electoral serán elegidos por un sorteo que se está realizando entre los días 24 y 28 de junio. Tras ello, existe un plazo de tres días para que avisen a los ciudadanos, siendo el 1 de julio la fecha límite.

¿Qué pasa si tenías las vacaciones reservadas? Si las elecciones generales del 23 de julio justo coinciden con un viaje o con vacaciones planeadas, podrá ser excusa para excluirse de la mesa electoral, según ha acordado la Junta Electoral Central. Eso sí, siempre y cuando ese viaje se haya contratado antes de la convocatoria de las elecciones, que la cancelación ocasione un perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante y que se asegure la integración plena de las mesas. La persona deberá acreditarlo mediante los documentos necesarios: tanto el contrato del viaje como el perjuicio que suponga no hacerlo.

¿Cómo hago la petición? En el caso de que te haya tocado estar en la mesa pero no puedas acudir, tienes siete días para presentar una petición de excusa. Para ello, hay que acudir a la Junta Electoral de la zona que le corresponda o a través de Internet, en la aplicación "Excusas" de la Junta Electoral Central. Una vez hecha, la Junta Electoral de Zona decidirá qué hacer en el plazo de cinco días, sin posibilidad de recurrir.

¿Me devolverán el dinero las agencias? Uno de los dolores de cabeza que supone todo este revuelo de celebrar las elecciones en pleno julio es el temor a perder el dinero que ya se ha invertido en un viaje si finalmente la Junta Electoral de Zona no admite la petición. Pero lo cierto es que es algo que se puede reclamar a las compañías. Según el Ministerio de Consumo, la convocatoria como miembro de una mesa electoral se considera un evento de fuerza mayor y la jurisprudencia entiende como necesidad por la cual el consumidor podría terminar o modificar un contrato sin penalización económica (ni seguro de viajes contratado).

Pero ojo con los hoteles y Renfe. Porque no existe una política de cancelación común para todos los hoteles y perder una estancia por tener que acudir a una mesa electoral no es responsabilidad de la compañía. Ni del medio de transporte. Renfe, de hecho, no contempla devolver el dinero de los billetes adquiridos en la fecha de los comicios, aunque el viajero haya sido elegido para la mesa electoral.  En el caso de las aerolíneas, algunas como Vueling o Iberia, ya han comunicado que sí lo reembolsarán, aunque solo en casos extremos.

¿Y con un contrato de trabajo de verano? Cuando el ciudadano esté en otra comunidad autónoma por un trabajo temporal de verano, tendrá que justificar la imposibilidad para poder asistir a la mesa electoral debido a que el domicilio recogido en el censo electoral es diferente al domicilio efectivo de la persona en ese momento. En este supuesto, la Junta Electoral analizará el caso porque es una causa relativa.

Otras excusas. De acuerdo con la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), también podrá manifestar su renuncia: los mayores de 65 años, tener situación de discapacidad en cualquier grado, ser pensionista con incapacidad permanente absoluta y gran invalidez, tener incapacidad temporal para el trabajo (con baja médica), estar embarazada de, al menos, seis meses o estar en el periodo de baja maternal, estar en prisión, o haber formado parte de una mesa electoral con anterioridad, al menos en tres ocasiones en los últimos 10 años.

¿Qué pasa si no me presento? Si no acude, se abandona el puesto sin causa legítima o no desempeña las funciones asignadas, se enfrenta a un delito por abandono o incumplimiento en las mesas electorales que puede suponer la pena de prisión de tres meses a un año o una multa de seis a veinticuatro meses.

Imagen: Jon Nazca (GTRES)

En Xataka | Cómo saber si estás en el censo electoral de las elecciones generales del 23 de julio

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