Pasar de curso sin aprobar todas es posible desde 1970: el enredo con el nuevo decreto de evaluación

Clase examen selectividad.
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Desde que se puso en marcha la reforma educativa, no ha dejado de llover sobre el paraguas de la Ley Celaá. Cada mes hay una polémica nueva entre docentes, estudiantes, padres y políticos. Esta vez ha llegado a la agenda uno de los cambios más polémicos que contempla el real decreto de evaluación que pone letra pequeña a lo dispuesto en la Lomloe y que ayer acogió el Consejo de Ministros. Básicamente, el Gobierno ha aprobado con las clases ya empezadas un decreto que da el mismo título a estudiantes con distinto nivel. Es decir, los alumnos podrán graduarse sin tener todas las asignaturas aprobadas.

Y claro, cinco comunidades autónomas lo rechazan. Sin embargo, no se trata de una ley nueva. De hecho, si revisamos la norma de hace 50 años, encontramos patrones similares. Y parece que nadie está dispuesto a ponerse de acuerdo.

El nuevo decreto. El Gobierno ha dado luz verde al "polémico" Real Decreto de Evaluación, Promoción y Titulación, que da nuevas instrucciones a los profesores para 2021/2022 y 2022/23. Pero lo cierto es que ni es tan nuevo, ni tan polémico. El texto que ha presentado Pilar Alegría en el Consejo en realidad consolida el giro a la "promoción general" que inició durante la pandemia Isabel Celaá, con el objetivo de que los suspensos ya no sean el criterio que determina si los alumnos pueden o no pasar de curso y obtienen o no el título de la ESO y Bachillerato.

¿Y esto para qué? Son medidas destinadas a evitar la repetición y mejorar las estadísticas de graduación, cuyos malos resultados nos dejan en evidencia en la UE. ¿Y qué inconveniente hay? Pues que Madrid, Andalucía, Galicia, Castilla y León y Murcia se oponen rotundamente porque se "rebaja la exigencia" y "desconcierta a los docentes", así que tratarán de no aplicarlo dentro de los márgenes legales.

No es tan nuevo. Tras el anuncio de la nueva ley, Twitter se ha llenado de exalumnos (ya en edad adulta) comentando y rememorando cómo era el sistema educativo de hace décadas. Y lo cierto es que en la reforma educativa que se llevó acabo en 1970 figura la misma medida que hoy nos acontece. En la Ley 14/1970 General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa se dispone lo siguiente:

Art 19. Aquellos alumnos que, sin requerir una educación especial, no alcanzaran una evaluación satisfactoria al final de cada curso, pasarán al siguiente, pero deberán seguir enseñanzas complementarias de recuperación.
Art 20. Al término de la Educación General Básica, los alumnos que hayan realizado regularmente los distintos cursos con suficiente aprovechamiento, recibirán el título de Graduado Escolar. Aquellos que reúnan las condiciones anteriormente citadas, deberán realizar pruebas de madurez. Los alumnos que al terminar la EGB no hayan obtenido el título mencionado, recibirán un Certificado de escolaridad. El Certificado de escolaridad habilitará para el ingreso en los Centros de Formación Profesional de primer grado. El título de Graduado Escolar permitirá además el acceso al Bachillerato.

El embrollo educativo. Y es que parece que la nueva reforma educativa esté maldita. Durante la transición de una a otra ministra ha pasado de todo: primero se suprimieron los exámenes de recuperación en la ESO, luego Alegría los ha tratado de recuperar con una moratoria en aras del consenso con las CCAA y ahora los ha vuelto a quitar para cumplir las indicaciones del Consejo de Estado, que le ha reprimido advirtiéndole que no puede permitir que existan distintos criterios autonómicos.

Pero lo que desde luego va a permitir este nuevo decreto es que haya distintas varas de medir en función de los centros, porque ya no se establecen unos requisitos concretos. Es decir, la decisión de que un alumno pase o no de curso se tomará de forma colegiada por la junta de evaluación del colegio o instituto "al finalizar el curso escolar". Es el equipo docente "a quien se otorga la responsabilidad última de la decisión sobre la promoción y la titulación del alumnado".

En resumen. Vamos a lo importante. ¿Con cuántos suspensos se pasa de curso? En Primaria, con la Lomce no había límite de suspensos y ahora tampoco. En ESO el tope estaba fijado en tres suspensos con la Lomce y con este real decreto no hay límite. En Bachillerato se mantiene igual que antes: se puede pasar de curso con un máximo de dos materias pendientes. ¿Y con cuántos suspensos se consigue el título? En Primaria no hay título. En la ESO, la Lomce autorizaba a dar el título con hasta dos suspensos. Ahora no hay límites. En Bachillerato, con la Lomce había que tener todo aprobado para obtener el título. Ahora se permite un suspenso.

Los problemas. Hay quien critica que los criterios de los docentes pueden ser muy subjetivos. Además, hay un único título de la ESO para todos los alumnos aunque su nivel sea distinto. Lo podrán conseguir, por primera vez en la historia, los alumnos con necesidades especiales que hayan tenido adaptaciones "significativas" y no hayan estudiado los mínimos exigidos para el resto de estudiantes. También se podrá obtener cursando FP Básica, pasando por un programa de diversificación o, en el caso de los mayores de 18 años, haciendo unas "actividades personalizadas extraordinarias".

Sí, es previsible que a corto plazo descienda el porcentaje de alumnos (el 21,2%) que no logra el título en esta etapa, aunque sindicatos como Csif o Anpe advierten que más alumnos van a llegar menos preparados al Bachillerato, según apunta este artículo de El Mundo.

Las ventajas. El 30% de los alumnos de 15 años al menos ha repetido una vez de curso y según la ministra,"las tasas de abandono escolar vienen engrosadas por este porcentaje de alumnado". Con este decreto, se viraría en pro de la confianza en los profesores, en la evaluación continua y el trabajo colaborativo de los docentes. Es decir, promover un esfuerzo basado en la motivación y no en el castigo. No van desencaminados. De hecho, algunos expertos creen que esta polémica es algo artificial porque la evaluación es una cuestión que implica muchos elementos y con dos tercios de curso ya dados de manera presencial los docentes suelen tener una buena idea de cómo va cada alumno.

Es decir, que para entonces, ya está bastante claro qué alumnos se han hecho merecedores de tener una evaluación positiva y cuáles no.

Sin consenso en las CCAA. Pero hasta cinco regiones se quejan de que el real decreto "cambia las reglas del juego porque rebaja el nivel y la exigencia" y ya estudian fórmulas jurídicas para minimizarlo. "Respetando la legalidad, vamos va a intentar que el real decreto no se aplique, pues consideramos que es un ataque directo a uno de los pilares del sistema educativo madrileño como es el mérito y el esfuerzo de los alumnos", señalaban, por ejemplo, desde la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. Galicia y  Castilla y León también "explorarán cualquier posibilidad jurídica que permita preservar la cultura del esfuerzo y la calidad como señas de identidad".

"Aunque la norma establezca que se puede obtener el título de Bachillerato con una asignatura suspensa, entendemos que no tiene sentido porque todas las materias contribuyen a la adquisición de las competencias necesarias", señalaban también en Andalucía. Y respecto a la eliminación de los exámenes de recuperación, estas comunidades están confundidas. Su intención era seguir con la convocatoria extraordinaria este curso porque "dan otra oportunidad a los alumnos de aprobar en base a su esfuerzo y capacidad". El resto de regiones, por el contrario, era partidaria de eliminarlas porque creen que la evaluación debe ser "continua" y el alumno no debe jugárselo todo a un único examen. Nadie se aclara. De momento.

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