Multas en el extranjero: qué hacer si te sancionan, cómo funciona la ley y qué rol tiene la DGT

Multas en el extranjero: qué hacer si te sancionan, cómo funciona la ley y qué rol tiene la DGT
Sin comentarios Facebook Twitter Flipboard E-mail

Lejos quedan los tiempos en los que viajar al extranjero en coche era sinónimo de impunidad. Hasta hace unos años, las multas que nos ponían lejos de las fronteras españolas rara vez llegaban a nuestro domicilio o teníamos que preocuparnos por ellas. Pero desde hace un tiempo, esto ya no es así. ¿Qué sucede si me multan en el extranjero?

Desde 2011 la cosa ha cambiado. En ese año se publicó la Directiva 2011/82/UE. Su objetivo: "garantizar un elevado nivel de protección para todos los usuarios de la vía pública en la Unión, al facilitar el intercambio transfronterizo de infor­mación sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial y la consiguiente aplicación de sanciones, cuando dichas infracciones se cometan con un vehículo matriculado en un Estado miembro distinto de aquel en que se cometió la infrac­ción".

Es decir, que el con este texto se permite a los estados miembros de la Unión Europea compartir la información necesaria para multar a aquellos conductores que han cometido una infracción en cualquiera de los Estados miembros, resida o nos en ellos.

¿Cómo me pueden multar y por qué?

Hay que tener en cuenta que el texto de la Directiva 2011/82/EU hace referencia a las sanciones que nos sean impuestas por los organismos nacionales que tengan las competencias de tráfico. Esto quiere decir que no se contemplan las multas que puedan imponernos la policía local o un ayuntamiento, como las sanciones derivadas de saltarnos el estacionamiento regulado, por ejemplo. Sin embargo, como veremos, esto no quiere decir que estas multas no puedan llegarnos.

En cuanto a las infracciones, el texto hace referencia a las siguientes:

  • exceso de velocidad;
  • no utilización del cinturón de seguridad;
  • no detención ante un semáforo en rojo;
  • conducción en estado de embriaguez;
  • conducción bajo los efectos de drogas;
  • no utilización del casco de protección;
  • circulación por un carril prohibido;
  • utilización ilegal de un teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción.

Además, la Unión Europea cuenta con una web y una aplicación, disponible en iOS y Android, en la que podemos consultar los límites legales y las sanciones de cada uno de los apartados anteriores.

Para que estas multas puedan ser notificadas a los conductores, la directiva establece que los Estados miembros podrán requerir numerosos datos para la identificación del conductor, desde el nombre y la dirección hasta la matrícula del vehículo o su número de bastidor. Es información que puede ser necesaria en caso de que circulemos con nuestro propio vehículo fuera de las fronteras de España.

En el caso de que hayamos utilizado un coche de alquiler, el Estado miembro se pondrá en contacto con la empresa de alquiler, que entregará todos los datos relativos a los organismos encargados de tráfico y éstos se pondrán en contacto con nosotros.

En cuanto a las notificaciones, éstas se realizarán mediante carta certificada (para dejar constancia de que se ha recibido) y en ella se especificará la infracción cometida, la cuantía a la. que deberemos hacer frente y las vías de comunicación para abonar el dinero requerido o exponer nuestro recurso ante la sanción impuesta.

¿Qué hago si me han puesto una multa?

En el caso de haber recibido una multa en el extranjero, debemos ponernos en contacto con la administración especificada en la carta que recibamos, como señala la DGT. Además, la Unión Europea tiene un listado con todos los organismos de los países miembros relacionados con tráfico, para que podamos ponernos en contacto con aquel que nos requiera.

Sin embargo, no termina de estar claro qué sucede si no afrontamos el pago de la multa. Aunque la Unión Europea ha establecido por qué infracciones nos pueden sancionar fuera de nuestro país y cómo deben actuar los Estados miembros para el intercambio de información, no se ha especificado cómo actuar ante una ejecución forzosa, como recogen en Automovilistas Europeos Asociados y RACE. En Alemania y Holanda, donde las multas las reclama un juzgado, sí podría derivar en un embargo para recuperar el dinero reclamado.

En el caso de que la multa nos la hayan impuesto con un vehículo alquilado, hay que tener en cuenta que, además de la sanción, la empresa puede cobrarnos una factura por la tramitación de la multa y la cesión de nuestros datos. Eso sí, son actuaciones que deben quedar reflejadas en el contrato y que, en la mayor parte de las ocasiones, se encuentran en letra pequeña.

Foto | Caspar Rae

Inicio