Que cada vez haya más campers con batería portátil tiene mucho que ver con los nuevos plazos de la ITV

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  • Las furgonetas camperizadas que tengan más de 10 años tienen que pasar la ITV cada seis meses

  • Así que tener una batería portátil ayuda a evitar quebraderos de cabeza con las reformas en este tipo de vehículos

Antonio Vallejo

Editor

Este año, la DGT hizo cambios en la normativa referente a las furgonetas camperizadas. O mejor dicho, aclaró la ley vigente para no dar lugar a libre interpretación. Lo más destacado era la obligación de pasar la ITV cada seis meses para este tipo de furgonetas si tenían una antigüedad de más de 10 años. Así que como hay que pasar más veces por inspección, muchos evitan colarse con la reforma de sus furgonetas mediante el uso de baterías portátiles. Te contamos qué ha cambiado y qué necesitas saber si te encuentras en esta situación.

Nueva normativa. La Dirección General de Tráfico publicó la Instrucción PROT 2026/04, la cual ya se encuentra vigente en España. Esta nueva instrucción separa los plazos de inspección para autocaravanas y furgonetas camperizadas, según cómo se haya homologado cada vehículo.

Básicamente, para los propietarios de furgonetas autocamperizadas construidas sobre un chasis comercial, esa distinción puede significar que tengan que pasar por la ITV dos veces al año o seguir como hasta ahora.

Los detalles. La clave reside realmente en la categoría del vehículo, la cual podemos encontrar en la ficha de inspección técnica. En este sentido, las autocaravanas registradas bajo la ‘categoría M’ mantienen el calendario estándar de los turismos, es decir, sin inspección obligatoria durante los primeros cuatro años, luego cada dos años hasta que el vehículo cumple diez años, y ya de ahí una vez al año.

El tema está en las furgonetas clasificadas bajo la ‘categoría N’, que es básicamente la mayoría de las furgonetas que se camperizan artesanalmente, ya que ahora deben inspeccionarse cada año, y cada seis meses una vez que tienen más de diez años. Realmente aquí no hablamos de una ley nueva, sino que simplemente es la DGT aplicando el Real Decreto 920/2017 de forma más estricta, no dejando lugar a otras interpretaciones.

¿Cómo sabemos entonces en qué categoría se encuentra nuestra furgoneta? Bueno, pues básicamente a través del campo específico de la ficha de inspección técnica. Y es que si muestra el código 24 (furgón comercial), el vehículo entra en la categoría N1 y, por tanto, tendremos que pasar la ITV cada seis meses si tiene una antigüedad de más de 10 años. Si muestra el código 32 o 33 (autocaravana homologada), se mantiene en la categoría M y se mantiene el calendario habitual de inspección.

Hay muchos propietarios que compraron una furgoneta, la camperizaron y no la homologaron como autocaravana, por lo que sobre el papel figuran como una furgoneta de reparto.

Lo de la batería portátil. Realmente no se trata de ningún truquito de andar por casa para evitar inspecciones técnicas, sino como una manera de evitar dolores de cabeza y tener que conseguir la homologación de una instalación eléctrica fija. Y es que tal y como explican nuestros compañeros de Motorpasión, el Real Decreto 866/2010 y el Manual de Reformas de Vehículos exigen que cualquier componente que pase a ser una parte permanente de la furgoneta (ya sea una batería auxiliar fija, un inversor atornillado, enchufes empotrados, cableado integrado, etc) se registre y homologue como una reforma. 

En el caso de una estación de energía portátil, nos evitamos todo este marrón, ya que a ojos de la ley se considera “carga transportada” siempre que funcione de forma totalmente independiente, pueda retirarse a mano y no esté anclada al vehículo.

Sí, pero. La exención tiene límites pues, en el momento en que una unidad portátil se conecta al circuito eléctrico fijo de la furgoneta (alimentando enchufes empotrados o cableado), deja de ser carga y se convierte en una reforma que debe legalizarse bajo el código 8.20 del manual de reformas.

Sobre la recarga hay más tolerancia, ya que no supone ningún problema si usamos la toma original de 12 voltios del vehículo o utilizamos un panel solar portátil, pero instalar un cargador permanente conectado directamente al circuito de la furgoneta ahí ya tendríamos que homologar.

Demanda. Como cabía esperar, la demanda de estas baterías ha crecido al igual que las normas de inspección han cambiado. Tal y como cuentan en Motor16, el mercado se ha desplazado hacia las estaciones de energía de litio (LiFePO4), alcanzando capacidades de hasta 3.000 Wh (como ésta que analizamos en su día de Bluetti), lo que supone poder hacer funcionar frigoríficos, todo tipo de iluminación, ordenadores y hasta placas de inducción en una furgoneta sin ningún tipo de instalación eléctrica fija.

Ahora, para encontrarse con sorpresas, lo suyo es que el propietario no atornille ni taladre nada al chasis. Así que si te encuentras en esta situación conviene repasar con ojo esta información para que una multa no te pille de improvisto.

Imagen de portada | Julian Ackroyd

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