
Entrará en vigor antes del final de 2027, aunque el etiquetado de contenidos empezará a exigirse antes
Destaca que las multas no afectan si es la administración quien incumple la norma
España ha aprobado el proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial. La norma adapta la legislación al marco establecido por la Unión Europea con la ley de IA y establece una serie de obligaciones y prohibiciones basadas en la clasificación del riesgo de estos sistemas. La normativa impone la supervisión humana obligatoria en sistemas de alto riesgo y extiende la responsabilidad más allá de la empresa que despliegue estos sistemas, alcanzando también a quienes hagan uso de ellos.
Sanciones. En casos leves, se plantean sanciones desde 6.000 euros, como por ejemplo no cooperar con las autoridades, hasta 500.000 euros o el 0,5% de la facturación total. En casos más graves, la facturación se dispara hasta 35 millones o, en su defecto, el 7% de la facturación mundial en casos muy graves. También se plantean multas de 15 millones o el 3% de la facturación cuando se usen sistemas de alto riesgo sin supervisión humana.
El doble rasero. La polémica surge porque estas multas no se aplican cuando es la administración quien incumple la norma. Si por ejemplo la policía o un ministerio hace uso de un sistema de IA calificado como prohibido, la ley contempla amonestaciones y actuaciones disciplinarias, pero nada de multas. El Gobierno defiende que se ha "subido el listón de autoexigencia" con medidas de transparencia, entre las que se encuentra la creación de un inventario público de todos los sistemas de IA utilizados en procedimientos administrativos. También introduce la figura del delegado de IA que se encargará de coordinar su uso.
Deepfakes. Se prohíbe la creación de deepfakes de caracter sexual y también la creación de pornografía infantil con herramientas IA. Los deepfakes que no caigan en estas categorías (por ejemplo de un político o un personaje público) no se prohíben, pero deben ir etiquetados como IA de forma "clara y distinguible" desde que se comparta por primera vez.
Etiquetado de contenido IA. El ministerio establece que los vídeos e imágenes deben llevar una marca de agua en una esquina de la imagen en la que se lea claramente las siglas AI. Para los audios generados con IA, deberá aparecer ese mismo sello en la aplicación correspondiente, bien sea Spotify, Apple Music u optro servicio. Si no se opta por esta etiqueta, será el propio audio el que deberá incorporar una advertencia de que es generado con IA. La fecha para empezar a aplicar este etiquetado el 2 de agosto de este mismo año.
Quién se encargará de controlarlo. La supervisión recaerá principalmente en la AESIA, la Agencia Española de Supervisión de la IA, pero se apoyará en otras autoridades como la Agencia Española de Protección de Datos para datos biométricos, el Consejo General del Poder Judicial para el ámbito judicial y el Banco de España para todo lo relacionado con el sistema financiero. Según El País, AESIA planea contratar 50 analistas antes de que acabe el año para realizar esta tarea.
Cuándo entra en vigor. Se pretende que la ley entre en vigor antes de que termine 2027, pero la obligación del el etiquetado de datos con IA entrará en vigor el próximo 2 de agosto. Sin embargo, como la ley aún no se aplica, en la práctica significa que durante más de un año habrá obligaciones vigentes, pero sin capacidad real de imponer multas a las empresas que las incumplan.
Imagen | Moncloa
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