Arrepentimiento, reiteración y supuesto abuso de menores: las tres grandes claves del caso Juana Rivas

Cinco años después de los hechos imputados y tres años después de que la Audiencia de Granada le condenara a cinco años de prisión por la sustracción de sus hijos, Juana Rivas vuelve a copar la actualidad. Lo hace por dos motivos consecutivos. Primero llegó el indulto concedido por el gobierno, cargado de mensaje político. Y después la suspensión de la pena, solicitada por el abogado de Rivas, por parte del juez Manuel Piñar. Una que ha desatado una tormenta mediática y varias preguntas.

Cronología. La primera de todas: ¿por qué? Para entenderlo es necesario detenerse en el artículo 80 del Código Penal, por el cual los jueces tienen la posibilidad de suspender determinadas penas de prisión bajo ciertos supuestos. A saber, que la pena en cuestión no exceda los dos años, que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles y que el condenado hubiera delinquido por primera vez. Juana Rivas cumple todos ellos.

El argumento. Como hemos visto en otras ocasiones, la conmutación de las penas inferiores a dos años no es automática. Depende en última instancia de criterio del juez, quien "podrá" o no podrá suspenderla. Piñar considera que hay otros elementos que impiden indultar a Rivas. Son tres: una ausencia de arrepentimiento respecto a los hechos probados; una reiteración de los mismos en Italia; y un supuesto delito de abusos sexuales contra uno de sus hijos.

Tanto Joaquim Bosch, magistrado muy activo en redes sociales, como José María de Pablo, abogado penalista, han elaborando sendos hilos detallando los argumentos esgrimidos por Piñar.

¿Arrepentimiento? Según el juez, Rivas "no ha mostrado arrepentimiento" y ha manifestado en numerosas ocasiones que "lo volvería a hacer". De Pablo considera "correcta" aunque "discutible" esta idea. Bosch sí se posiciona al respecto: "Juan Rivas sí que ha expresado ese arrepentimiento. Lo ha hecho por escrito en la petición de indulto y en una entrevista en La Sexta". Se refiere a esta, en la que Rivas afirma lo siguiente: "Creo que cometí un error. No lo volvería a hacer, solo quería proteger a mis hijos".

¿Reincidencia? El argumento más difuso de los tres. Piñar explica que Rivas "repitió la misma conducta tras ser condenada en esta causa y estando los menores en Italia". Es decir, que reincidió, siendo esta una bandera roja para la conmutación de cualquier pena. Para De Pablo este sería el aspecto "más decisivo" si fuera cierto. Bosch es, de nuevo, más claro en su postura: "Ni siquiera hay constancia de procedimiento penal alguno en Italia (...) Sería una noticia destacada un nuevo caso en Italia, sin que haya dato alguno sobre el tema".

¿Abusos? La última clave planteada por Piñar es la más explosiva. El juez responsabiliza a Rivas de unos abusos sexuales cometidos contra su hijo cuando estaba bajo su custodia. Tanto De Pablo como Bosch los consideran insuficientemente probados como para esgrimirse en favor de la suspensión de su libertad. "Primero, se atribuyen a un tercero, no a Juana Rivas, a quien solo se achaca falta de cuidado para evitarlo", argumenta el primero, "y el artículo 80 habla de evitar comisión de delitos por el penado".

Lo cierto es que la apertura de diligencias por aquellos abusos, como se detalla en varios medios, no llegó a ninguna parte. La Guardia Civil "no encontró" indicios que probaran la existencia de dichos abusos, no atribuidos directamente a Rivas; y los peritos judiciales no encontraron ni "sintomatología" ni "indicadores psicológicos" que dieran validez a las acusaciones. "El juzgado acabó archivando la causa, sin ninguna atribución de culpa a Juana Rivas", recuerda Bosch.

El recorrido. Este punto no sólo el más controvertido y el que más polvareda mediática ha levantado, sino también el que con más ahínco desea batallar la defensa de Rivas. Su abogado ha denunciado a la Fiscalía y al Defensor del Menor la divulgación del caso y ha recurrido la resolución de Piñar. En última instancia, el auto proviene del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, por lo que la Audiencia Provincial de Granada tendrá que posicionarse ya sea a favor o en contra.

Imagen: GTRES

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