Un juez de Vigo sentencia que lo dicho por WhatsApp puede ser considerado un contrato verbal vinculante

Lo que digas en WhatsApp puede ser utilizado ante un juez. Lo que queda escrito en la popular aplicación de mensajería no es pura palabrería que se lleva el viento, y a la hora de hablar de negocios en ella puede ser considerado como un contrato verbal vinculante que te obligue a cumplir con las condiciones que hayas acordado en ella.

Es lo que ha dictaminado esta semana el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Vigo, tal y como cuenta El Faro de Vigo. Según este medio, el juez decidió que las conversaciones en WhatsApp tuvieran una consideración de contrato verbal, y unos demandantes propietarios de una vivienda en Vigo pudieron expulsar a una propietaria morosa que también fue condenada a pagar en mensualidades los recibos que adeudaba.

Lo que ha pasado es que la inquilina contactó con los propietarios a través de WhatsApp. Estaba buscando piso, y lo hablaron todo a través de la aplicación porque los propietarios vivían fuera de la ciudad. En la conversación se negociaron las condiciones del acuerdo, y se dio un paso más cuando uno de los familiares de los propietarios le enseñó el piso a la inquilina.

Una vez estuvo conforme con todo, la inquilina se comprometió a pagar el alquiler y las facturas de suministros básicos como la luz y el agua, e incluso envió por WhatsApp su número de cuenta y fotocopias del DNI. Pero acabó dejando de pagar los recibos, y sus caseros la llevaron a juicio. Allí, el juez sentenció que se trataba del incumplimiento de un contrato verbal, y que los mensajes de WhatsApp lo acreditaban.

Los contratos verbales también generan derechos y obligaciones para las partes, y son válidos y vinculables siempre y cuando no sean casos en los que la ley obligue a realizar contratos escritos, como a la hora de comprar o vender bienes inmuebles donde se exige escritura pública ante Notario. Pero suelen tener un problema, y es el de probar la existencia de un contrato verbal en el caso de que este se incumpla.

El caso de los contratos "verbales" por WhatsApp puede ser también un poco complicado, ya que son mensajes que muchas veces pueden ser manipulados o falsificados. Sin embargo, en este caso los demandantes pudieron probar que la conversación a través de la aplicación era real, entre otras cosas porque la demandada les había enviado documentación personal a través de los mensajes, como su DNI o el número de cuenta.

El resultado ha sido que los propietarios han podido expulsar de su propiedad a la inquilina morosa, y que esta haya sido condenada además a pagar varias mensualidades y varios recibos de la luz que les debía. Además, asienta una jurisprudencia para que la aplicación pueda ser considerada un contrato legal y vinculante ante la Justicia española en más ocasiones, aunque como te hemos explicado habrá que demostrar que las conversaciones son reales.

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No es la primera vez que pasa, y no será la última

Esta no es la primera vez en la que un juez acepta WhatsApp como un contrato verbal vinculante. En 2015 un juzgado vasco falló en el mismo sentido, cuando el vendedor de una casa aceptó inicialmente unas condiciones de venta antes de haberse decidido definitivamente, por lo que finalmente tuvo que aceptar esas condiciones.

"La forma de formalización del contrato – vía wathsapp- no es impedimento para su posible validez, dado el principio general de libertad de forma que consagra nuestro ordenamiento en el artículo 1278 del Cc", decía la sentencia. "Artículo que dispone «Los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez»".

Y viendo estas dos sentencias, es fácil deducir que habrá muchas más en un futuro, tanto relacionadas con lo que se dice en WhatsApp como otras aplicaciones de mensajería. Y es que la manera en la que nos comunicamos está cambiando, y el hecho de que digamos una cosa por una app en vez de en persona no le resta importancia a lo que hayamos dicho.

En este sentido, cuanto más implantadas estén estas aplicaciones más tratos y contratos verbales se cerrarán a través de ellas, y en este caso puede ser más fácil demostrar que la conversación existió que cuando se trata de una conversación verbal. En cualquier caso, siempre estará el tema de las posibles falsificaciones de los mensajes, que seguramente acaben haciéndose más sofisticadas, y siempre habrá que demostrar que realmente se dijo algo en un mensaje y que no ha sido falsificado.

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