Te decimos los requisitos y las cuantías a recibir con la pensión para amas de casa.
Vamos a explicarte los requisitos y cómo obtener la pensión para amas de casa a la que se tiene derecho. Hasta hace poco tiempo, las amas y amos de casa (o trabajadoras/es del hogar) tenían una gran desigualdad al no cotizar para pensión ni otras prestaciones, y esto no solo ha cambiado, sino que se ha revalorizado este año.
Y es por eso, que las personas que cuidan del hogar ahora pueden solicitar una pensión no contributiva, con la que se intenta proteger a este colectivo que no ha cotizado lo suficiente. Viene a algo parecido a una jubilación para amas o amos de casa que, por haber estado dedicándole el tiempo al hogar, no han cotizado en otros trabajos.
Requisitos para obtener la pensión
No todo el mundo va a poder obtener esta pensión. A continuación te dejamos la lista de requisitos con los que se debe cumplir para poder acceder a esta prestación. Recuerda que el principal es que sus ingresos deben ser realmente bajos, ya que la pensión es para ayudar a personas sin recursos.
- La persona debe tener 65 años o más para optar a esta pensión
- Debe llevar residiendo en España durante 10 años o más.
- Si la persona vive sola, las rentas no deben superar los 8,803,20 euros al año.
Si la persona vive acompañada, dependerá de su contexto familiar y del número de convivientes. Se va a regir las rentas de la Unidad Económica de Convivencia, y no pueden superarse las cuantías de esta tabla que te ponemos a continuación.
De cuánto son estas pensiones
En cuanto a la cantidad que se puede obtener mediante esta prestación, en 2026 la cuantía máxima es de 8.803,20 euros en 14 pagas, unos 628,80 euros con dos pagas extra. En cuanto a la cuantía mínima, esta es del 25% del importe íntegro, lo que equivale a 2.200,80 euros anuales (157,20 €/mes).
Cómo solicitar esta pensión
Al ser una pensión no contributiva, no depende directamente del estado sino de las comunidades autónomas. Por lo tanto, hay que solicitarla en la página específica de tu comunidad autónoma, y cada una de ellas tiene una web para realizar la solicitud. Aquí tienes la lista:
- Andalucía
- Aragón
- Principado de Asturias
- Islas Baleares
- Canarias
- Cantabria
- Castilla La Mancha
- Castilla y León
- Cataluña
- Comunidad Valenciana
- Extremadura
- Galicia
- La Rioja
- Comunidad de Madrid
- Región de Murcia
- Comunidad Foral de Navarra
- País Vasco
Cada una de las comunidades tendrá un formulario o procedimiento diferente, por lo que la manera de hacerlo y los pasos dependen de cada web. Sin embargo, en todas vas a encontrar un formulario con el que realizar la solicitud, en el que se te van a pedir unos pasos concretos en su sistema de registro.
Aquí, el consejo en común que te podemos dar es que siempre vas a necesitar tener a mano toda la documentación que justifique los ingresos que tienes, así como la que pruebe la cantidad de personas que conviven en tu casa. Una vez hecha la solicitud, los plazos para la resolución pueden ser de entre 3 a 6 meses.
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