Hay una manera de reclamar una multa de la DGT ya pagada. Estos son los supuestos y los pasos a seguir

Hay una manera de reclamar una multa de la DGT ya pagada. Estos son los supuestos y los pasos a seguir
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Pagar una multa no es gusto de nadie. Ni de la DGT ni de ningún otro tipo. Pero debemos saber que aunque hayamos pagado una multa de tráfico, es posible recuperar el dinero si encontramos algún tipo de anomalía. Hacer el pago no significa que hayamos perdido el dinero automáticamente.

De hecho, la DGT explica en su página web los pasos que hay que dar para poder reclamar el importe de una multa que ya hayamos abonado. Todos los pasos los podemos encontrar en este enlace, en el que se recogen posibles supuestos como un pago duplicado. Pero este caso no es el único.

La cuestión es especialmente interesante ahora que la DGT ha cambiado las notificaciones de las multas para los vehículos en propiedad de empresas y en un año donde las sanciones por llevar el teléfono móvil en la mano (incluso sin utilizarlo) se han endurecido.

Pero, ¿qué hay que hacer y cómo lo llevamos a cabo?

Así podemos reclamar una multa de tráfico ya pagada

Lo primero que tenemos que saber es que pagar una multa de tráfico supone asumir los actos notificados. Esto es importante pues la reclamación de una sanción ya pagada sólo podrá ser efectiva si se ha duplicado el pago, se ha producido alguna anomalía durante el pago o la cuantía no corresponde a la multa impuesta.

Para presentar cualquier tipo de alegación contra una multa de tráfico, puedes encontrar toda la información en este enlace. En este caso, se podrá conseguir la retirada de la multa si demostramos, por ejemplo, que los aparatos medidores no cumplían con los requisitos técnicos exigidos, entre otras excepciones. Pero, esta vez, vamos a centrarnos en las sanciones ya pagadas.

Qué necesitamos

Como decíamos, para los casos en los que se ha producido un problema o una anomalía durante el pago, la DGT explica que se podrá reclamar el dinero rellenando el Impreso de solicitud de tasas, que también se puede generar desde la aplicación de pagos de multas.

Además, será preciso contar con el justificante de pago de la multa con el número de expediente sancionador si el pago está duplicado o si la persona que ha pagado es diferente a la que ha sido sancionada. Si, por el contrario, se ha emitido una resolución contra el pago de la multa, será preciso mostrar ésta.

Eso sí, si queremos solicitar la devolución online, será necesario contar con un DNI electrónico o un certificado digital y las credenciales de Cl@ve. Además, como tendremos que firmar el documento, será necesario contar en el ordenador con el programa Autofirma.

Por último, será necesario contar con un justificante de la autorización para que una persona actúe en nombre de otra cuando se dé esta circunstancia.

Medios para solicitar la devolución y cómo hacerlo

A la hora de solicitar la reclamación, hay dos caminos que podemos seguir, uno presencial y otro digital.

El presencial, en este caso, es la más sencilla, aunque nos obligará a desplazarnos a la Oficina o Jefatura de Tráfico. En este caso, debemos llevar con nosotros todos la documentación ya rellenada parra entregar. Eso así, hay que tener en cuenta que este trámite sólo está disponible para particulares y sus representantes, las empresas y otras entidades están obligadas a realizar le trámite online.

Si optamos por lo digital, es necesario acudir al Registro Electrónico para rellenar todos los datos. En "Organismo destinatario" deberemos señalar la Oficina o Jefatura de Tráfico correspondiente.

En el campo “Asunto” rellenaremos lo siguiente: Solicitud Devolución de Pago de Multas <número de la multa>. A continuación, adjuntaremos los documentos ya mencionados pulsando en el botón "Añadir documento". Si la reclamación la realiza un representante, será necesario haberse dado de alta en el Registro de apoderamientos.

Por último, registra la solicitud y conserva el justificante de la misma.

De qué avisa la DGT

La DGT deja claro que este tipo de reclamaciones no tienen un tiempo previsto para ser atendidas y que no se produce un trámite automático por lo que el tiempo para la resolución de la reclamación puede variar.

También especifican que, una vez se realice el trámite, se notificará siempre el resultado de la resolución y piden que los textos sean legibles y estén escaneados a buena calidad, pues de no cumplir con este requisito el trámite no podrá salir adelante.

Cabe señalar que este tipo de reclamaciones son gratuitas y no conllevan ningún coste monetario a quien reclama.

Foto | DGT

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