España aprueba ampliar la garantía obligatoria de los productos de 2 a 3 años

España aprueba ampliar la garantía obligatoria de los productos de 2 a 3 años
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España aumenta la garantía de los productos. De los dos años obligatorios actuales se pasará a una garantía legal de tres años. Así lo ha aprobado hoy el Consejo de Ministros, que también ha acordado aumentar el tiempo mínimo que deberán proporcionar los fabricantes a nivel de reparación. En vez de los cinco años actuales, las empresas deberán disponer durante al menos 10 años las piezas de repuesto de los productos que ya no vendan, lo que permitirá facilitar su reparación pese a que el producto sea antiguo.

La nueva medida está recogida en un Real Decreto-ley ómnibus, que también incluirá nuevos derechos y garantías para los usuarios ante el auge del comercio online, en línea con lo propuesto por la Unión Europea, que a finales de noviembre aprobaba el denominado 'derecho a reparar'.

La nueva normativa que amplía la garantía de los productos a tres años es la transposición de la normativa europea y también aplicará por primera vez sobre los contenidos y servicios digitales, que deberán ofrecer al menos dos años de garantía. Unos contenidos que "no cuestan dinero al consumidor sino que se obtienen a cambio de sus datos personales", según los describe el Ministerio de Consumo. Entre los productos recogidos en esta categoría se incluyen "programas informáticos, aplicaciones, archivos de vídeo, archivos de audio, archivos de música, juegos digitales, libros electrónicos u otras publicaciones electrónicas".

La durabilidad de un producto se establece como un criterio objetivo. Cuando un producto no tenga la durabilidad pactada en el contrato de compra, el cliente tendrá derecho a elegir entre la reparación o la sustitución del mismo. Esta nueva normativa amplía de tres a cinco años el plazo para cuando un cliente no esté conforme y se pasa de seis meses a uno o dos años, en función del objeto, el plazo para acreditar que no se está conforme con el producto comprado.

El principal cambio en este apartado es que el consumidor solo deberá demostrar que el producto comprado no es conforme a lo acordado, sin necesidad de demostrar su falta de conformidad en el momento de la entrega, como hasta ahora. Otro cambio es que las garantías comerciales que se incluyen en la publicidad prevalecerán a las de la declaración de garantía legal si son más beneficiosas para el consumidor. Su entrada en vigor será a partir del 1 de enero de 2022.

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